TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 072/84 ------------------------------ ARTICULO 1.- En los casos que se haya resuelto la repetición de tributos ------------ municipales y sus accesorios, por haber mediado pago indebi- do o sin causa, se abonará el importe reconocido, con más la tasa de inte- rés de la Ordenanza 11/84, que corresponda al período comprendido entre la fecha del reclamo por parte del contribuyente y la puesta al cobro de la - suma que se trate.-------------------------------------------------------- ARTICULO 2.- Cuando se trate de devoluciones por pagos efectuados como - ------------ consecuencia de determinaciones tributarias municipales, im- pugnadas en término, se reintegrará el importe correspondiente, con más la tasa de interés de la Ordenanza 11/84, que corresponda al período compren- dido entre la fecha de pago y la de notificación de puesta al cobro de la suma respectiva.---------------------------------------------------------- ARTICULO 3.- Las resoluciones que ordenen la repetición de tributos muni- ------------ cipales y los pagos efectuados como consecuencia de determi- naciones tributarias impugnadas en término que se ordenen devolver se com- putarán desde la fecha de sanción de la presente aunque fueren de data an- terior a la indicada, a los efectos de las actualizaciones de créditos pre vistos en los artículos anteriores.--------------------------------------- ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los veinti- trés días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro. FIRMADO: Al- berto J. B. Paciaroni - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.---------